¿Qué requisitos se necesita para registrar un contrato?
- Dos Copias certificadas otorgadas por la Notaria.
- Impuesto Predial actualizado.
Para el registro de los trámites que se detallan a continuación, a más de los requisitos anteriormente indicados se deberá adjuntar:
- Donación, impuesto a la Donación otorgado por el SRI.
- Partición Extrajudicial, impuesto a la Herencia otorgado por el SRI.
- Compraventa, autorización judicial que permita la enajenación del inmueble, si el propietario es menor de edad.
- Propiedad Horizontal, certificado de expensas.
- Disolución de Sociedad Conyugal, partida de matrimonio debidamente marginada por el Juez.
- Adjudicación del MAGAP, autorización del MAGAP.
¿Todos los tipos de contratos ingresan a revisión?
Si, excepto los contratos de cancelaciones: extinción de patrimonio, hipoteca, levantamiento de prohibición, renuncia de usufructo y trámites judiciales, estos son ingresados directamente a recaudación.
¿Qué tiempo se tarda la revisión de una escritura?
3 días laborables.
¿Si un contrato que ingreso a revisión es devuelto que se debe hacer?
Se debe revisar las observaciones constantes en hoja adjunta a la escritura para que una vez corregidas se haga el reingreso del contrato.
¿Qué tiempo se tarda el registro de un contrato?
4 días laborables.
¿Qué requisitos se necesita para un Certificado de Bienes?
Copia de cédula de ciudadanía del propietario, si no posee la copia del documento realizar una petición dirigida a la máxima autoridad, solicitando el certificado.
En caso de:
Trámite Judicial, adjuntar el escrito del Abogado.
¿Qué requisitos se necesita para un Certificado de Gravámenes?
- Llenar el formulario único de solicitudes.
- Copia simple de la escritura.
- Copia simple del Impuesto Predial Actualizado.
En caso de:
Estatuto Personal, adjuntar copia de cédula de ciudadanía del propietario (a).
¿En qué tiempo se entrega un Certificado de Bienes?
En 3 días laborables.
¿En qué tiempo se entrega un Certificado de Gravamen?
En 3 días laborables
¿Qué tiempo de validez tiene un Certificado Bienes o Gravámenes?
30 días a partir de su emisión.
¿Qué diferencia existe entre el Certificado Bienes y Gravámenes?
Bienes, indica las propiedades que se registran a nombre del ciudadano.
Gravámenes, indica si está hipotecada una propiedad o tiene alguna prohibición o impedimento.
¿Qué Ordenanza establece la Tabla de Aranceles para los pagos del registro?
Ordenanza Municipal No. M-036-VZC, aprovada del 28 de noviembre del 2013.